Exportadores de vino deberán cumplir nuevo etiquetado de la UE

A partir del 8 diciembre de 2023 será obligatorio señalar en la etiqueta la lista de ingredientes y la declaración nutricional de los vinos y destilados, según el Reglamento (UE) 2021/2117, publicado el 2 de diciembre de 2021, que modifica las normas de etiquetado de vinos y vinos aromatizados.

Será posible proporcionar esta información, sólo en determinadas condiciones, mediante una etiqueta electrónica o e-label. Sin embargo, será obligatorio indicar en la etiqueta física la presencia de sustancias alergénicas y el valor energético de 100 ml de vino o vino aromatizado.

En este sentido, la gran mayoría de las empresas productoras chilenas de bebidas con alcohol (vinos, cervezas, pisco y otros destilados) que venden sus productos en Europa, tendrán que cumplir la nueva normativa, la que prevé un período transitorio de dos años para su total implementación.

Según el Reglamento (UE) Nº 1169/2011, sobre la Información alimentaria facilitada al consumidor, la definición de ingrediente es la siguiente: cualquier sustancia o producto, incluidos aromatizantes, aditivos alimentarios y enzimas alimentarias, o cualquier componente de un ingrediente compuesto, utilizado en la fabricación o preparación de un producto alimenticio y todavía presente en el producto terminado, posiblemente en una forma modificada; los residuos no se consideran ingredientes.

El Reglamento (UE) 2019/934 de 12 de marzo de 2019 enumera las prácticas enológicas autorizadas, y su clasificación como aditivos o auxiliares tecnológicos. Solo los aditivos están sujetos a etiquetado.

¿Qué aditivos están sujetos a etiquetado?

El Reglamento (UE) 2019/934 clasifica como aditivos las siguientes sustancias:

-Correctores de acidez: ácido tartárico, ácido málico, ácido láctico, sulfato de calcio, ácido cítrico.

-Conservantes y antioxidantes: dióxido de azufre, bisulfito de potasio, metabisulfito de potasio, sorbato de potasio, lisozima, ácido ascórbico, dicarbonato de dimetilo (DMDC).

-Estabilizantes: ácido cítrico, ácido metatartárico, goma arábiga, manoproteínas de levadura, carboximetilcelulosa (CMC), poliaspartato de potasio, ácido fumárico.

-Gases y gases de envasado: argón, nitrógeno, dióxido de carbono.

-Otras prácticas: resina de pino carrasco, caramelo.

En cuanto a la lista de ingredientes, deberán incluirse todos los ingredientes del vino, en orden decreciente de peso (los que constituyan menos del 2% podrán enumerarse en orden diferente). En este tema, los asuntos que más preocupan son los aditivos, que deben incluirse, y los coadyuvantes, que no deben incluirse, excepto si causan alergias.
(agencias/todovinos.cl)